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Denuncian a SQM ante SVS por no informar cargos ambientales

Denuncian a SQM ante SVS por no informar cargos ambientales

 

Abogado Cristián Rosselot acusó ante el regular a la minera no metálica por no enviar hecho esencial por los cargos que se le levantaron sobre SQM Salar.

 

A través de una carta, el abogado Cristián Rosselot presentó una denuncia en contra de SQM por no informar la contingencia que enfrenta la minera no metálica a través de SQM Salar. Esto luego que el 20 de noviembre de 2016, mediante una resolución, la Superintendencia de Medio Ambiente formulara cargos en contra de SQM Salar por haber afectado de manera progresiva el estado de vitalidad de algarrobos en la zona, sin suspender la operación del proyecto.

En la misiva el denunciante sostiene que la Corema de la Región de Antofagasta en su Resolución de Calificación Ambiental establece que la Corporación de Fomento Forestal aprobó la iniciativa debido a que la declaración y el compromiso del proyecto fue que no existía impacto. Esto según los convenios celebrados entre el consorcio que explota el Salar de Atacama y la Conaf.

Para el denunciante, en caso de producirse cualquier impacto ambiental en los objetivos de protección establecidos, debe procederse a la suspensión de la ejecución operacional del proyecto de manera inmediata puesto que el concepto de impacto nulo es aquel sobre el cual el proyecto fue evaluado e informado favorablemente por todos los órganos de administración del Estado con competencia ambiental.

“La autoridad ambiental constató que existe un aumento de ejemplares de Algarrobo que presentan cobertura de copa verde cero y estado de vitalidad seco. A lo anterior debe agregarse que se constató la existencia de un total de 23 individuos muertos lo que corresponde al 32,4% del total de individuos comprometido con monitoreo asociado”, sostiene la misiva a la que tuvo acceso este medio.

Para el denunciante, SQM enfrenta una seria contingencia en la medida que la suspensión de las operaciones de SQM Salar representa una eventualidad inminente. Esto último si se considera que la SMA incluso ha formulado cargos por estos hechos en el marco de los convenios con Conaf, situación que no ha sido informada al mercado.

Para el denunciante toda esta situación omitida a la Superintendencia de Valores y Seguros vulneraría el artículo 9° de la Ley de Mercado de Valores que establece que “la inscripción en el Registro de Valores obliga al emisor a divulgar en forma verás suficiente y oportuna toda la información esencial respecto de sí mismo, de los valores ofrecidos y de la oferta”.

[Grupo Errázuriz niega denuncia de SQM por extracción de aguas]

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