Tribunal Ambiental rechaza demanda de agrícolas contra minera en Valparaíso
En su demanda, las sociedades agrícolas argumentaron que en la zona habría altos grados de concentración de minerales en los suelos, particularmente cobre, afectando directamente sus plantas y cultivos agrícolas.
El Tribunal Ambiental de Santiago informó que se rechazó la demanda por daño ambiental presentada por Sociedad Agrícola Huertos de Catemu S.A., Comunidad Canal El Pepino o Huidobro y Sociedad Agrícola San Antonio Ltda. en contra de Compañía Minera Catemu S.A., Compañía Minera Amalia Limitada, Sociedad de Exploración y Desarrollo Minero y Empresa Nacional de Minería.
Todas las empresas demandadas tienen alguna relación con el desarrollo y operación de la Planta de Beneficio Catemu, ubicada en la comuna de Catemu, provincia de San Felipe, Región de Valparaíso, que sería el complejo responsable, según los demandantes, de generar el daño ambiental expuesto en la demanda.
“Este Tribunal considera que no concurre daño ambiental respecto de ninguno de los componentes ambientales y vías de exposición analizados en las citadas consideraciones (desde el considerando 38° al 67°). Por lo tanto, al no concurrir en la especie el elemento fundamental de la responsabilidad por daño ambiental, que es justamente la afectación significativa de alguno de los componentes ambientales analizados, no resulta necesario referirse a los otros elementos constitutivos de la responsabilidad ambiental -como son la acción u omisión culpable o dolosa y la relación de causalidad- razón por la cual este Tribunal omitirá referirse a ellos y a la prueba rendida a su respecto”, dice la sentencia.
En su demanda, las sociedades agrícolas argumentaron que en la zona habría altos grados de concentración de minerales en los suelos, particularmente cobre, afectando directamente sus plantas y cultivos agrícolas. Esto se generaría, dijeron, por dos vías de contaminación; el polvo en suspensión que genera la actividad minera de la Planta Catemu (que es trasladado por vía aérea) y el riego con agua contaminada obtenida del canal El Pepino (que habría sido contaminado por un evento de precipitaciones del mes de mayo del 2012, cuando aguas provenientes de la Planta se habrían vertido en dicho canal).